Título de la propuesta
Ventanilla única del bienestar en consulados
Autor/a
Viet Juan Félix Costa (MORENA CUBA)
Planteamiento del problema y argumentos que sustentan la propuesta Paisanos no pueden viajar a México por problemas de salud o de documentos para tramitar su pensión de adulto mayor.
Qué fundamentos legales tiene su propuesta y qué leyes existentes tendrían que modificarse. Derecho de mexicanos(as) de su pensión de adulto universal 65 años y +
Texto normativo propuesto AÑADIR NUMERAL XII AL REGLAMENTO DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO QUE HABLA DE LOS SERVICIOS CONSULARES PARA QUE QUEDE ASÍ: CAPÍTULO II De los Servicios Consulares ARTÍCULO 81.- A los Jefes de las Oficinas Consulares, además de las funciones consignadas en el artículo 44 de la Ley, les corresponde: I. Expedir pasaportes de acuerdo con las disposiciones del Reglamento correspondiente y demás normas aplicables; II. Visar pasaportes extranjeros de conformidad con la normatividad que al efecto emita la Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Gobernación; III. Llevar el registro de mexicanos residentes en su Circunscripción Consular y expedir, a solicitud del interesado, el certificado de matrícula correspondiente; IV. Auxiliar a la Secretaría de la Defensa Nacional en la expedición de Cartillas del Servicio Militar Nacional; V. Cotejar los documentos públicos o privados que en original tengan a la vista y expedir la certificación correspondiente. Para ello llevarán un registro electrónico en los términos que determine la Secretaría; VI. Expedir, en las formas que determine la Secretaría, copias certificadas de las diversas actas del estado civil de mexicanos, emitidas por los registros civiles del territorio nacional, mediante la transmisión electrónica de las mismas que realice la Secretaría de Gobernación de conformidad con los convenios de colaboración que al efecto se suscriban; VII. Expedir en su Circunscripción Consular, declaratorias de nacionalidad mexicana por nacimiento; VIII. Expedir certificados y visados a documentos dentro del ámbito de sus atribuciones; IX. Abanderar barcos de nacionalidad mexicana y efectuar las dimisiones de bandera cuando dejen de ser mexicanas; X. Llevar el control de las formas numeradas y valoradas que utilicen para la expedición de los documentos consulares, así como el registro de las formas canceladas que se generen; XI. Implementar estándares y procesos de atención al público que permitan que las Oficinas Consulares sean más eficientes en su actuación; XII. Tramitar la solicitud para obtener la credencial de elector que emita la autoridad mexicana competente dentro del ámbito de sus atribuciones; XIII. Practicar las diligencias que les encomienden las autoridades judiciales, administrativas o del trabajo cuando de conformidad con la legislación interna del país receptor no exista impedimento para ello, y XIV. Ejercer las demás funciones que le confieran las convenciones internacionales en materia consular de las que México sea parte y aquellas otras que le sean encomendadas por la XII. Brindar servicio de alta en padrón de beneficiados de la pensión de adulto mayor universal (65+)
Artículos transitorios VENTANILLA ÚNICA DEL BIENESTAR. AUMENTAR VIGENCIA DE MATRÍCULAR CONSULAR DE 5 A 10 AÑOS PARA LIBERAR HORAS HOBRE Y NO INCREMENTAR EROGACIONES EN CONSULADOS- ES DECIR HACER MÁS CON MISMO PERSONAL.
